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Jonathan Rodrigo Velásquez Ramírez nació en Antofagasta, Chile, el 23 de enero de 1975. Comunicador y político chileno. Exconcejal de la capital regional desde 2016 hasta 2021. Actualmente es el alcalde de la comuna de Antofagasta.
Nacido el 23 de enero de 1975 en la ciudad de Antofagasta. Hijo único de María Ramírez Fredes, profesora general básica y Mario Velásquez Rodríguez, agente de ventas, exgerente de “Frutería Sudamericana”.
A los cuatro años le detectaron tartamudez aguda, lo cual no le permitía hablar con fluidez, sin embargo y luego de numerosos tratamientos logró superar el trastorno a los 14 años.
Cursó la enseñanza básica en el colegio Santa Teresita, continuó sus estudios de enseñanza Media en Liceo Comercial, Liceo de Hombres y Liceo B-13. Posteriormente ingresó a la Universidad José Santos Ossa donde cursó seis semestres de la carrera de Psicología.
Comenzó su carrera televisiva a sus 15 años de edad como locutor comercial del Matinal Buenos Días Región en el canal de televisión TeleNorte, donde también se desempeñó como animador del programa “Video Fono”, siendo la voz institucional de la casa televisiva hasta los 23 años.
En el año 2001 logró alta popularidad con su propio programa de entretención y entrevistas “Plan 9” en el canal Digital Channel, el cual condujo por 17 años, ganando el reconocimiento y cariño de la gente.
En noviembre de 2013 y tras el llamado de sus seguidores decide incursionar en la política, presentándose como candidato independiente a diputado por el distrito 4 (Antofagasta, Mejillones, Sierra Gorda y Taltal), sin ser electo en esa oportunidad, obtuvo la sorpresiva suma de 11 mil votos.
En noviembre del año 2016 asume como concejal de la comuna de Antofagasta tras presentarse como candidato independiente. Ganando el apodo de “Súper Concejal” por sus más de 80 mil seguidores en su fan page de Facebook, plataforma que utiliza para acercarse a las personas y entregar soluciones rápidas a problemas que aqueja a la ciudadanía.
En mayo de 2021 fue elegido alcalde de la comuna de Antofagasta con 26.886 votos correspondientes al 26,4% de las preferencias.
Ser una municipalidad que preste servicios de manera eficiente, transparente y con un estilo de gestión innovador en beneficio de la comunidad.
Desarrollar un trabajo de excelencia con vocación de servicio, cuya finalidad sea satisfacer las necesidades de la comunidad y con ello lograr la participación en el progreso económico, social y cultural.
PROBIDAD
Desarrollaremos una conducta intachable con un desempeño honesto y leal a la función o cargo, con preeminencia del interés general sobre el particular. Actuaremos con rectitud y honradez, sin cometer abusos y sin mentir, cumpliendo las obligaciones funcionarias.
EXCELENCIA
Desarrollaremos nuestras funciones y tareas de manera óptima, siempre con un sentido de innovación, entregando un servicio de calidad, eficiente y eficaz, que aporte al desarrollo de la comuna.
TRANSPARENCIA
Posibilitar el acceso a toda la información vinculada con nuestra función, que concierne e interese a la opinión pública, a fin de permitir el control ciudadano.
COMPROMISO
Tendremos firmeza inquebrantable para hacer uso de todas nuestras capacidades, con el fin de llevar a cabo los desafíos y objetivos que la municipalidad y la ciudadanía disponga.
El Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil de Antofagasta, es un órgano de participación ciudadana y asesor de la Municipalidad, compuesto por representantes de organizaciones territoriales, funcionales y de interés comunal sin fines de lucro, además de representantes de las asociaciones gremiales y sindicales de la comuna. Su objetivo es asegurar la participación en la prosecución del progreso social, cultural y económico de la comuna y sus habitantes.
A comienzo del 2011 entró en vigencia la Ley 20.500 sobre “Asociaciones y Participación Ciudadana en la Gestión Pública”. Ésta implicó modificaciones a la norma que estaba vigente (19.418). Debido a este cambio legal, los Municipios debieron establecer una nueva Ordenanza de Participación Ciudadana, se elaboró un reglamento (“Del Consejo Comunal de organizaciones de la Sociedad Civil”) que debe ser aprobado por el Concejo Municipal de cada Comuna. El reglamento del Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil (COSOC), que reemplaza al CESCO, supone una nueva manera de participación ciudadana, y por lo tanto, debieron realizarse nuevas elecciones. La Constitución se realiza con un total de 20 Organizaciones de la Comuna, las cuales representan los Estamentos que establece la Ley: Organizaciones Territoriales, Organizaciones Funcionales, Organizaciones de Interés Público y Organizaciones Gremiales.
Entre sus funciones, conforme a lo que indica la ley, este consejo deberá recibir los informes del Alcalde acerca de los presupuestos de inversión, del plan comunal de desarrollo y sobre las modificaciones al plan regulador. Asimismo, en Abril de cada año, el consejo deberá pronunciarse respecto de la cuenta pública del edil, sobre la cobertura y eficiencia de los servicios municipales, y sobre toda materia de relevancia comunal que les haya sido presentada por el alcalde o el Concejo Municipal.