Personas, grupos y comunidades que hayan presentado situaciones de distinción, exclusión o restricción que, careciendo de justificación razonable, causó privación, perturbación o amenaza en el ejercicio legítimo de sus derechos fundamentales establecidos en la constitución o en los tratados internacionales vigentes y ratificados por Chile sobre Derechos Humanos.
Es decir, atiende a:
- A toda persona, grupo o comunidad que haya sido víctima de discriminación arbitraria de cualquier tipo.
- Diversidad Sexual.
- Migrantes.
- Pueblos originarios.
*No se hace distinción ni por sexo, edad o condición socioeconómica.