El cargo de Administrador Municipal, tendrá las siguientes funciones generales:
a) Colaborar con el Alcalde en las tareas de coordinación y gestión permanente de todas las unidades municipales, de acuerdo a instrucciones que aquel imparta.
b) Colaborar con el Alcalde en la elaboración y seguimiento del Plan Anual de Acción Municipal.
c) Ejercer las atribuciones que se le delegue expresamente el Alcalde en conformidad con la Ley, sin perjuicio que la delegación deba limitarse a las funciones vinculadas al cargo de Administrador Municipal, y las demás funciones que se le encomienden en este Reglamento.
El Administrador Municipal tendrá las siguientes funciones específicas:
a) Establecer procedimientos que permitan evaluar constantemente los instrumentos de gestión municipal, tales como: a) El Plan Comunal de Desarrollo y sus Programas; b) El Plan Regulador Comunal; c) El Presupuesto Municipal Anual; d) La Política de Recursos Humanos; e) El Plan Comunal de Seguridad Pública, con la finalidad de controlar su cumplimiento y/o reformulación, si fuese el caso.
b) Establecer procedimientos para velar que las distintas direcciones municipales diseñen y/o actualicen anualmente manuales de procedimientos e informen de su aplicación.
c) Establecer procedimientos para velar que las distintas direcciones municipales confeccionen y/o actualicen anualmente los descriptores de cargos, en coordinación con la Dirección de Gestión de Personas.
d) Recopilar, analizar y construir en base a los indicadores de gestión de las distintas unidades municipales, el Informe de Gestión de la Municipalidad de Antofagasta, para establecimientos de metas, grados de cumplimientos de objetivos y su posible reformulación, para evaluación de desempeño de las direcciones y/o programas.
e) Presidir el Comité de Selección de Personal de la Municipalidad.
f) Presidir la Junta Calificadora.
g) Presidir y coordinar el funcionamiento de los Comités, que corresponda, en los procesos de Adquisiciones de Bienes y Servicios Municipales tales como Propuestas Públicas, Propuestas Privadas, Tratos Directos y Grandes Compras, entre otros.
h) Adoptar las providencias necesarias para el adecuado cumplimiento de las políticas, planes, programas y proyectos municipales, que se relacionen con el Plan de Desarrollo Comunal y de gestión interna del municipio.
i) Colaborar con las unidades correspondientes en la preparación y elaboración de los instrumentos de gestión municipal y formulación de políticas de gestión interna y de capacitación.
- Administración Municipal
- Dirección de Administración y Finanzas
- Dirección de Aseo
- Dirección de Asesoría Jurídica
- Dirección de Cultura, Arte y Patrimonio
- Dirección de Desarrollo Comunitario
- Dirección de Desarrollo del Turismo
- Dirección de Gabinete de Alcaldía
- Dirección de Gestión de Personas
- Dirección de Gestión del Riesgo de Desastres
- Dirección de Inspección General
- Dirección de Medio Ambiente y Ornato
- Dirección de Obras Municipales
- Dirección de Operaciones
- Dirección de Secretaría Comunal de Planificación
- Dirección de Secretaría Municipal
- Dirección de Seguridad Ciudadana
- Dirección de Seguridad Pública
- Dirección de Servicio de Salud, Educación y demás incorporados en la Gestión Municipal
- Dirección de Tecnología de Información
- Dirección de Tránsito y Transporte Público
- Director (s) de Control