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La DIRECCIÓN DE DESARROLLO DEL TURISMO, tendrá las siguientes funciones generales:

a)    Definir, ejecutar y coordinar medidas que tengan por objeto incentivar el turismo como una actividad competitiva a nivel local, promoviendo y promocionando el desarrollo de productos turísticos y la identidad de la ciudad, integrando las variables de conciencia turística y valoración del destino.
b)    Organizar, participar, apoyar y/o coordinar la promoción de la ciudad y de los productos turísticos locales, en eventos de carácter regional, nacional e internacional, por iniciativa municipal o en conjunto con organismos públicos y/o privados.


La DIRECCIÓN DE DESARROLLO DEL TURISMO, tendrá las siguientes funciones específicas:

a)    Elaborar planes, estudios, programas y proyectos específicos destinados al desarrollo y promoción del Turismo de la comuna.

b)    Elaborar el Plan de Desarrollo Turístico (PLADETUR) de la Comuna de Antofagasta.
c)    Apoyar en la difusión del catastro de los bienes del patrimonio cultural natural y no natural de la comuna, que considere los inmuebles y zonas de conservación histórica, zonas típicas, monumentos históricos públicos y arqueológicos, así como de los atractivos presente en la comuna.
d)    Crear, coordinar, fortalecer y mantener vínculos y alianzas estratégicas con otras municipalidades, con el sector público y privado, a nivel local, provincial, regional, nacional e internacional, con el fin de ejecutar planes, estudios, programas y proyectos destinados a mejorar la competitividad turística de la comuna.
e)    Crear, mantener canales y plataformas de información y comunicación eficientes que permitan dar a conocer, a los habitantes de la comuna, a los operadores turísticos y a los turistas nacionales y extranjeros, las actividades en que desarrolla y participa la Municipalidad Antofagasta, respecto al sector turismo.
f)    Coordinar con las otras unidades municipales y otros organismos públicos y privados, la preparación y evaluación de planes, estudios, programas y proyectos que impulsen la competitividad turística y propendan a la conservación y puesta en valor los atractivos turísticos de la comuna.
g)    Diseñar y/o actualizar anualmente manuales de procedimientos de su dirección e informar al Administrador Municipal.
h)    Confeccionar y/o actualizar anualmente los descriptores de cargos de su Dirección, en coordinación con la Dirección Gestión de Personas, e informar al Administrador Municipal.
i)    Sistematizar cada uno de los indicadores de gestión proporcionados por las unidades a su cargo y remitirlos al Administrador Municipal, para la elaboración del Informe de Gestión de la Municipalidad de Antofagasta.
j)    Todas aquellas demás funciones que le asigne Alcaldía, de acuerdo a los cuerpos legales vigentes, vinculadas al cargo de Director.


De la DIRECCIÓN DE DESARROLLO DEL TURISMO, dependerán:

a)    DEPARTAMENTO DE TURISMO
b)    DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO TURÍSTICO


El DEPARTAMENTO DE TURISMO, tendrá las siguientes funciones:

a)    Participar en el diseño del Plan de Desarrollo Turístico (PLADETUR) de la Comuna.
b)    Planificar, organizar, coordinar y ejecutar las actividades comunales de información y promoción turística de la Municipalidad de Antofagasta.
c)    Crear, promover y participar en la formulación de campañas de cultura turística a nivel comunal.
d)    Crear y mantener un registro actualizado de las actividades realizadas por el Departamento y la Dirección, para la redacción de artículos promocionales turísticos, en medios de comunicación físicos y digitales.
e)    Creación de material gráfico y audiovisual que favorezca la promoción de productos, actividades turísticas y gastronómicas, atractivos turísticos, entre otros, de la comuna de Antofagasta.
f)    Proponer y preparar la realización de estudios, programas y/o proyectos, que correspondan a la promoción turística de la comuna.
g)    Crear y mantener canales y plataformas, de información y comunicación eficientes, que permitan dar a conocer a los habitantes de la comuna y a los actores turístico públicos y privados, las actividades en que la Dirección participa y aquellas que desarrolla la Municipalidad en relación al sector turístico.
h)    Proponer y ejecutar proyectos y programas que permitan la difusión y promoción de eventos de interés turísticos comunales.
i)    Proponer, generar y Participar en la formulación y evaluación de estudios, programas y proyectos turísticos comunales, que puedan ser postulados a fondos internos y/o externos del municipio.
j)    Participar como Unidad Técnica, en la coordinación y ejecución de estudios, programas y proyectos turísticos municipales.
k)    Coordinar los estudios, con el sector público y privado, que permitan la formulación y proposiciones de políticas de desarrollo turístico para la comuna.
l)    Proponer estudios que permitan identificar las ventajas competitivas de la comuna, en materias turísticas innovadoras.
m)    Elaborar estadísticas de las actividades que realiza el Departamento, con la finalidad de construir indicadores de gestión.
n)    Todas aquellas demás funciones que le asigne el Director, de acuerdo a los cuerpos legales vigentes.


El DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO TURÍSTICO, tendrá las siguientes funciones:

a)    Participar en el diseño del Plan de Desarrollo Turístico (PLADETUR) de la comuna.
b)    Ejecutar las estrategias, estudios, programas y proyectos insertos en el Plan de Desarrollo Turístico (PLADETUR) y en el Plan de Desarrollo Comunal (PLADECO).
c)    Proponer y preparar la realización de estudios, programas y proyectos, que correspondan al desarrollo económico turístico, de la comuna.
d)    Proponer, elaborar –por sí mismo o a través de terceros-, instrumento, estudios, programas y proyectos que permitan identificar los productos turísticos comunales con mayor ventaja competitiva, que permitan mejorar la oferta turística de la comuna.
e)    Efectuar estudios sobre las tendencias globales del mercado turístico.
f)    Implementar, desarrollar y mantener un sistema de comunicación con los diferentes sectores del sector turístico local.
g)    Apoyar y asesorar al Director en la promoción de la Comuna, en actividades internacionales.
h)    Establecer redes de apoyo, conexiones, vinculaciones entre otros, que posibiliten y faciliten el desarrollo de las relaciones internacionales de la Municipalidad en el ámbito turístico.
i)    Proponer, formular y evaluar estudios y proyectos en el ámbito internacional, que permitan difundir las opciones turísticas de la Comuna, en aquellos mercados susceptibles a ser abordados.
j)    Asesorar al director en el control e informar sobre la ejecución presupuestaria de los fondos asignados en el presupuesto municipal a la Dirección de Desarrollo del Turismo.
k)    Elaborar estadísticas de las actividades que realiza el Departamento, con la finalidad de construir indicadores de gestión.
l)    Todas aquellas demás funciones que le asigne el Director, de acuerdo a los cuerpos legales vigentes.