Ordenanza Municipal N°01/2018 Modificación de la Ordenanza N°05/2011 Sobre Derechos Municipales por Permisos, Concesiones y Servicios Municipales
ORDENANZA MUNICIPAL N°01/2018
MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA N°05/2011 SOBRE DERECHOS MUNICIPALES POR PERMISOS, CONCESIONES Y SERVICIOS MUNICIPALES
ARTÍCULO 1°: Modifíquese el artículo 18 del Título VIII, agregándose las siguientes letras a los numerales 6, 7, 10 y 11 de la ordenanza:
6 |
RENOVACIONES EN NICHOS SEPULTURAS TEMPORALES |
MONTO |
L |
Derechos de Sepultura temporal en Nichos de Sobre Dimensión, Renovables por períodos de 5 años, hasta completar 20 años, valor único.- |
12,00 UTM |
M |
Derechos de Gasto Común o mantención Anual por Unidad Básica de Terreno, que se realiza pago adelantado por la cantidad de años que contrata servicio de sepultura temporal. M.1. Contrata Sepultura Temporal Largo Plazo a 20 Años M.2. Contrata Sepultura Temporal Largo Plazo a 10 Años M.3. Contrata Sepultura Temporal Largo Plazo a 5 Años M.4. Contrata Sepultura Temporal Corto Plazo a 3 Años |
1,00 UTM
20,00 UTM 10,00 UTM 5,00 UTM 3,00 UTM |
7 |
EXHUMACION Y REINHUMACION |
MONTO |
G |
Derechos de Exhumación desde Fosa Común |
3,00 UTM |
10 |
DERECHOS VARIOS A CANCELAR |
MONTO |
T |
Derechos de Ingreso de Vehículos al interior recinto Cementerio: T.1. Vehículos particulares tipo automóviles, motos, station wagon y camionetas hasta 800 Kg. T.2. Ingreso para vehículos particulares por cada servicio que se contrata y en la duración de éste. |
0,04 UTM
0,5 UTM
|
U |
Derechos por prestación de servicios y gastos administrativos U.1. Días Hábiles, de Lunes a Viernes U.2. Fines de Semana, Feriados y Festivos |
0,50 UTM 0,75 UTM |
V |
Derechos por incumplimiento de horario por cada servicio programado a Funerarios por adelanto o retraso de éste, de acuerdo a las siguiente tabla: V.1. Desde 15 a 45 minutos V.2. Desde 46 a 90 minutos V.3. Desde 91 o más minutos El cobro se realizará de manera mensual, y no se procede a entregar servicio a la Funeraria si alguno de éstos derechos se encuentra impago al mes inmediatamente siguiente al cobro realizado. |
0,75 UTM 1,5 UTM 2,5 UTM |
11 |
VENTA DE DERECHOS DE TERRENO |
MONTO |
D |
Derechos de Gasto Común o mantención Anual por Unidad Básica de Terreno. Considérese la Unidad Básica de Terreno como aquella cuya superficie comprende los 2,50 metros2 (Esto es de 1.00 Metros de frente, por 2,50 metros de Fondo). |
2,00 UTM |
ARTÍCULO 2°: En todo lo no modificado, se mantiene vigente la Ordenanza municipal y sus modificaciones.
ARTICULO 3°: Las modificaciones realizadas a la Ordenanza Municipal 05/2011, sobre Derechos Municipales por Permisos, Concesiones y Servicios Municipales, se entienden formar parte integrante de la misma.
La presente Ordenanza conforme lo dispone el articulo 42 del Decreto Ley N°3.063 sobre Rentas Municipales, deberá ser publicada en la página web de la Ilustre Municipalidad de Antofagasta.
Los nuevos derechos establecidos en la presente ordenanza comenzaran a regir el primer día del
mes siguiente al de su publicación
Anótese, comuníquese, publíquese y archívese.
MIGUEL GARCES RIVERA KAREN PAULINA ROJO VENEGAS
SECRETARIO MUNICIPAL (S) ALCALDESA
I. MUNICIPALIDAD DE ANTOFAGASTA